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A continuación una buena noticia

En días pasados luego de la aprobación de una propuesta legislativa por parte del senado en México, se acepta el incremento de las semanas de incapacidad por maternidad en 2 semanas más, haciendo un total de 14 semanas, es decir 7 semanas antes y 7 semanas después del parto, por supuesto que estas pueden ser diferidas o transferidas hasta en 5 semanas para después del embarazo, ¿Complicado? ¡Solo díganme como le hago!

Tienes la opción de pedir 7 semanas antes y 7 semanas después del parto, o, puedes transferir hasta 5 semanas después del parto, pongamos por ejemplo, pides las 7 semanas de incapacidad pues ya estás (por ejemplo) en la semana 34 de tu embarazo, la panza parece que está a punto de reventar, vas a casa y cuando apenas habían transcurrido 2 semanas de las 7 que habías pedido, nace el nene, bien, en ese caso solo habías consumido 2 semanas de las 7 ¿correcto?, solicitarás entonces que las 5 faltantes sean transferidas para después del parto, teniendo ahora 12 semanas para disfrutar de tu nuevo bebé.

Otra de las modificaciones se trata de extender 14 semanas más de incapacidad cuando se trate del nacimiento de un bebé con alguna discapacidad.

Una encantadora noticia que demuestra el compromiso de un país para consolidar los lazos maternos, ojalá (sin afán de hacer comparaciones) se mochen con unos 5 días extras para los papás, senadores no sean gachos.


Datos que a pocos les interesan

Modificación al Artículo 70 Fracción segunda de La ley Federal del Trabajo que actualmente dice:

II. Disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto. A solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico de la institución de seguridad social que le corresponda o, en su caso, del servicio de salud que otorgue el patrón, tomando en cuenta la opinión del patrón y la naturaleza del trabajo que desempeñe, se podrá transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo. En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente. En caso de que se presente autorización de médicos particulares, ésta deberá contener el nombre y número de cédula profesional de quien los expida, la fecha y el estado médico de la trabajadora.

La violencia familiar, uno de los temas más preocupantes no solo para quienes ya formamos parte de lo que yo llamo la secta pañalera, sino para México y el mundo en general es la protección de nuestros hijos, se vuelve prioridad tanto en nuestro círculo familiar como en de las autoridades que están “determinadas” en la protección de nuestra seguridad (no entremos en entrecomillados mal intencionados y continuemos con nuestro tema).

¿Hasta dónde puede llegar a considerarse un acto como violento? Repito es la seguridad de nuestros hijos lo que a su llegada más nos preocupa, y deberíamos pues mantener esta preocupación a pesar de su crecimiento, de su carácter, de su personalidad, de su mala educación, a pesar de un divorcio.

Hablemos de México, tierra de tacos, belleza natural y muchas familias violentas, En México a partir de 2014 en el código civil de nuestra  CDMX, existe una figura que entre los aburridos dedicados al derecho ha creado un poquito de controversia, esta es la alienación parental.

La alienación parental no es otra cosa que la acción de un padre, hermano, tío, abuelo o tutor de un menor de poner en contra de su otro padre para generar desprecio u odio, con ¿qué fin? Habría que preguntárselo a quienes tienen esta forma de actuar, (¿existe razón, o fin valido para esta intención?)
Siendo la alienación parental un delito no podría solo terminar aquí, existen penas y castigos para quien comete este acto de violencia, y si señores, son penas que cumplen con su finalidad de escarmiento, o de prevención del delito y ahora verán por qué:

Supongamos que tengo la custodia de mi Chamaquito, supongamos ahora que yo le digo a mi Matt que su madre no lo quiere, o que es una bruja, que es necia, que es… perdón ya me estaba yendo como hilo de media, recapitulemos, si género odio en el hacia ella, o disgusto, si evito que quiera verla, es ahí donde entra la ley con penas que irían desde quitarme su custodia y otorgársela a su mamá en una alienación moderada, quitarme completamente la custodia y el régimen de visitas para un caso severo, hasta prisión de 6 meses a 4 años si nos ponemos mas quisquillosos, siendo que además según nuestra ley es considerado un síndrome (De acuerdo a los estudios de un tal William Bernet), deberá contar con tratamiento psicológico, mismo que otorgará mi México para su recuperación.

No podemos negar que es un tema que genera muchas dudas, ¿Cómo probar que se genera alienación? ¿En realidad se protege o garantizan los derechos de los niños? ¿Deberías considerarse un acto de violencia? ¿Siendo considerado un síndrome, su importancia se debe a el posible daño psicológico o a la ruptura familiar que se crea con esta figura?

Es nuestra responsabilidad como padres generar lazos que nos unan con nuestros hijos, es cierto que una separación es la última de las opciones que debemos tomar, sin embargo cuando no existe otro remedio que el divorcio, deberíamos recordar que aún les pertenecemos a ellos, que aun trabajamos en equipo por ellos, y que el descalificar a la otra parte nunca traerá cosas buenas para nuestros niños, es nuestra responsabilidad como padres crear niños amados, tanto por quienes tienen la custodia como por quienes tanto la deseamos.

PapáDe1ra...